Quinto Día Online | ¿Qué hacer cuando llevan su vehículo a un estacionamiento?
Entrevista
¿Qué hacer cuando llevan su vehículo a un estacionamiento?
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8 agosto, 2013 | 9:44 pm
Preguntas y respuestas del Presidente del INTT, Darío Noel Arteaga Páez.
¿Cuánto deben cobrar los concesionarios y en qué tiempo deben entregarle el vehículo?
¿Qué informa su oficina o su despacho en este momento, qué están haciendo en favor de la comunidad?
Muy bien, en estos momentos tal vez el aspecto más importante que tenemos que comunicarle a la comunidad es el operativo que estamos haciendo en los estacionamientos de guarda-custodia y que funcionan a su vez como depositaria judicial. Este es un operativo que pretendemos llevar a todo el país. En la actualidad estamos trabajando en cuatro estados: Táchira, Vargas, Distrito Capital y Lara. En esos estados estamos haciendo un abordaje conjunto con el Ministerio Público que tal vez es el actor más importante. Están también interviniendo el Tribunal Supremo de Justicia, el CICPC, todos los órganos adscritos al Ministerio de Interior y Justicia y Paz. El tema allí es ir descongestionando los estacionamientos a través del tratamiento legal que se les debe hacer a los vehículos para poder entregárselos a sus dueños o pasarlos a la orden del Fisco Nacional aquellos cuya identificación no sea posible.
¿Usted tiene una idea de cuántos vehículos hay en estos momentos en estacionamientos custodia de ese tipo?
En el país tenemos unos 261 estacionamientos los cuales por proporciones nos dan una proyección de unos 380 mil a 400 mil vehículos, en todo el país, que se encuentran en esos estacionamientos.
¿En qué condiciones un fiscal de tránsito, una autoridad, puede ordenar el traslado de un vehículo a un estacionamiento de esos como custodia?
Hay que hacer la diferencia entre lo que es una depositaria judicial y un estacionamiento de guardia y custodia. La Dirección General de Vigilancia de Tránsito Terrestre adscrita a la Policía Nacional Bolivariana puede abordar a cualquier ciudadano que cometa una infracción de Tránsito Terrestre. En ese momento es una falta o una infracción a la ley, y el vehículo puede ser remolcado y llevado a un estacionamiento.
¿Si se come una luz, por ejemplo?
No, si se come una luz no, porque amerita es una multa; pero si está mal estacionado y no se encuentra el conductor el vehículo, éste es remolcado y llevado hasta allá, o por algún choque simple donde el vehículo no pueda ser transportado y tenga que ser remolcado. Pero en este caso, la estadía en el estacionamiento debería ser un período corto; el propietario debe dirigirse, cancelar su multa y retomar su vehículo. Caso contrario ocurre cuando el estacionamiento está fungiendo como depositario judicial, ya la razón allí es una orden de un tribunal. Ahí es donde tenemos un poquito de problemas, en el sentido de que hay una cantidad de actividades donde están involucrados los tribunales de control y el Ministerio Público, además de las averiguaciones que se puedan hacer para poder llegar a la solución feliz de hacerle la entrega al propietario.
La Fiscal General estuvo en uno de mis programas y ella me decía que la Fiscalía se proponía a acabar con la mafia de los vehículos.
El Instituto Nacional de Transporte Terrestre tiene un registro de todos los concesionarios que pueden prestar el servicio de transporte; ahora, en el Ministerio del Interior, Justicia y Paz están lo que se llaman depositarias judiciales, son dos figuras diferentes. En la depositaria van por orden del tribunal y en los estacionamientos van por una infracción a la Ley de Transporte Terrestre. Ahí está ocurriendo que por un vacío que existe en cuanto a la adjudicación de las depositarias judiciales, estos vehículos ordenados por un tribunal como depósito allí, abarrotan y superan la cantidad de los vehículos del Instituto Nacional de Transporte Terrestre. En esas concesiones la regulación no existía, hace exactamente 15 días publicamos en Gaceta Oficial la regulación donde se establecen las formas como van a trabajar los estacionamientos, además de la regulación de los precios, que es otro tema importante.
¿Cuál es el tema central de esa regulación, qué es lo más importante, a su juicio para decirlo aquí?
Lo más importante es que viene a dictarle las normas al concesionario, lo cual le permite al usuario establecer una relación clara, diáfana, de cuáles son los deberes y derechos de cada uno de los que están interviniendo allí; y poder hacer los reclamos correspondientes: ¿Por qué un vehículo tiene que durar más de un tiempo debido? o ¿Por qué un vehículo viene en unas condiciones y al finalizar está en otras condiciones, que es el drama mayor dentro de lo que ocurre? Eso es lo que estamos regulando.
“Existe una planilla que se llama Planilla de Registro Vehicular, en la cual debe constatarse cómo entró el vehículo al estacionamiento”
¿Qué pasa cuando a un señor le quitan el carro o lo llevan al estacionamiento y cuando regresa se lo han desvalijado en el estacionamiento, a quién acudir?
Esa es parte de la regulación porque existe una planilla que se llama Planilla de Registro Vehicular, en la cual debe constatarse cómo entró el vehículo al estacionamiento. Cuando va el propietario a buscarlo esa planilla debe ser un documento que él pida para constatar cómo entró y cómo lo está recibiendo. Pero hay un aspecto muy importante que notificarles, a partir de este movimiento que estamos haciendo, se creó una secretaría técnica cuyo objetivo principal está en estudiar no solamente el fenómeno del estacionamiento, sino el marco legal que envuelve esta actividad. Recuerde que los concesionarios también tienen un derecho, como los usuarios también lo tienen. Estas secretarías tiene como objeto, por ejemplo, promulgar la modificación de la Ley sobre Depósitos Judiciales, que es una ley de 1966 y que crea esos desbarajustes o esos desafueros que están allí.
Pero yo insisto en mi pregunta. ¿Qué pasa si mi carro lo llevo bien a un estacionamiento y sale robado, me le quitan el radio, me quitan lo que yo tenga allí, cualquier cosa, a dónde acude uno a reclamar, quién le paga eso a uno?
Eso debe pagarlo el concesionario, debe pagarlo el responsable del estacionamiento, puesto que el Estado lo que hace es darle una concesión al usuario que lo está pidiendo o al dueño del estacionamiento. La relación es entre el dueño del estacionamiento y el usuario, no entre el Estado y el usuario.
¿Cuánto debe pagar una persona en Caracas, Coro, Maracaibo; 500 bolívares, por ejemplo, hay estacionamientos que cobran creo que 500 bolívares diarios, usted qué sabe?
En la Gaceta Oficial que se publicó hace 15 días atrás se establecieron específicamente las tarifas. Podemos recurrir a INDEPABIS cuando haya un cobro excesivo. Las tarifas son 40 u 80 bolívares diarios, dependiendo del tipo de vehículo; está regulado en Gaceta. Hay otro aspecto muy importante, las grúas. En esta resolución también está la regulación donde se establecen las tarifas, que son unas tarifas planas dentro del perímetro de una localidad, de Coro, por ejemplo en este caso, en la localidad hay una tarifa plana. Varía la tarifa cuando se trata ya de rutas urbanas o extraurbanas.
¿Cuándo vuelven a las placas, cuándo vuelven las matriculaciones, cómo está operando eso en su gestión?
Ese es un proceso que va bastante animado. Estamos teniendo bastantes logros con la creación de las oficinas online, y ya podemos con una planilla única acceder a la cita.
Yo quiero un carro nuevo y quiero ponerle placas, ¿Qué debo hacer?
La placa se tramita con el concesionario, el carro nuevo ya sale con la placa.
Si el carro es viejo, como el mío, por ejemplo.
Tenemos que ir a pedir la cita, llevar los papeles y solicitar el cambio de la matrícula. La matriculación tiene un período de diez años, nos quedan cinco años para terminar de matricular el resto de los vehículos en el país.
¿Para cambiar algunos trámites hay el famoso sobre ese que es gigantesco?
El sobre ya fue eliminado.
¿Para todos los casos?
Estamos en un período de transición de unos sobre que ya tenemos adquiridos y en algunos casos, por ejemplo, en estos días le hicimos mantenimiento a la página Web y usamos temporalmente el sobre para recibir las solicitudes. Hay un mix en este momento pero en el transcurso de unos 6 meses, período que nos pusimos como límite, ya debemos eliminar por completo el sobre.
¿Si yo estoy en Maracaibo, para no citar Coro, y llevo el sobre a la Inspectoría de Tránsito, ahí tienen que responderme a mí por el trámite, en cuántos días?
No en la Inspectoría de Tránsito, es en la Oficina del Instituto Nacional de Transporte Terrestre, por allá tenemos ese cambio. Hay algunas oficinas que tenemos donde la respuesta es inmediata, pero algunas oficinas que a pesar de que son una oficina online, por ejemplo en el caso de Coro, que tiene una oficina receptora en Punto Fijo; recibe en Punto Fijo y se apoya con el de la oficina de Coro para hacer el trámite online y eso le llevará dos días.